miércoles, 15 de agosto de 2012

RAPADOR, BARRANCO DEL (FIRGAS Y VALLESECO)

Topónimo con el que es conocido el barranco  de Monagas en su último trayecto hasta tributar por el naciente sus aguas al barranco de la Virgen, enmarcado por los caseríos de El Zumacal al norte y Monagas al sur.

En cuanto al origen de su nombre, que ya era así conocido en el siglo XVI, podrían hacerse distintas conjeturas por su propio significado. Podría entenderse que las aguas actuaron en la cuenca de la montaña como si la hubiera "rapado" o cortado, conforme a la acepción actual que da el DRAE.

Pozo (Fedac)
Pero dada la antigüedad del topónimo parece prudente consultar el Diccionario de la Lengua Castellana (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Madrid, 1783), que aporta una acepción para el verbo "rapar" que viene etimológicamente en la voz latina "rapere", dándole el significado de «Hurtar, quitar con violencia lo ageno».

Si bien no puede asegurarse que el topónimo surgiera por este antiguo significado, si conocemos como opera toponímicamente la memoria colectiva de los pueblos, y ello nos da pie a conocer de los abusos que hubieron por las aguas durante siglos en la isla.

Ya en el años 1534 tenemos una mención del topónimo en la data solicitada por Juan de Escobedo al Cabildo el 4 de marzo en la que pide: «... unas quevas que dizen del Rapador que estan [a]rrimadas a unos Risco que dizen El Fronton donde de(srrica) (l)a agua que viene de las quevas que dizen de Maria de [roto] e de otros barranquillos que se juntan con el propio [roto]...» (RONQUILLO, M. Y AZNAR VALLEJO, E.: Repartimientos de Gran Canaria, Las Palmas de GC, 1998).

En consecuencia, ya en ese año 1534 el topónimo está consolidado como también lo es El Frontón mencionado, situado al sur de El Rapador.

Es conocido que el disfrute de las aguas superficiales desde los primeros años de la conquista fue concedido a los heredamientos para su aprovechamiento comunal. Después ya hubieron algunos gobernadores que se aprovecharon de las mismas, alegando supuestas mercedes de la Corona que confundió hasta a los propios historiadores.
Acequia (Fedac)
«El Gobernador y Capitán a Guerra, López Sánchez de Valenzuela, obtuvo de los Reyes la merced de cien fanegadas de tierra distribuidas en distintos lugares de Gran Canaria. Al entrar en pleno dominio de esta merced el citado López Sánchez de Valenzuela,  produjese cierto revuelo entre la población autóctona y propios conquistadores por considerar que no había habido tal cesión real, sino únicamente un acto de vulgar usurpación y atrapamiento valiéndose de la categoría de su autoridad. Este magnate, según refiere Viera, donó el solar, para levantar la primitiva y ya desaparecida iglesia de los Remedios, en Las Palmas. Murió en esta ciudad en 1.499 » (JIMÉNEZ SÁNCHEZ, S.: Primeros repartimientos de tierras y aguas en Gran Canaria, Las Palmas de GC, 1940).

No tenía muy claro el desaparecido comisario de Patrimonio la data real, ni tampoco la fecha del fallecimiento del gobernador, pues aparece mencionado el pleito en un documento del Sello datado en Brugos el 19 de junio de 1508:

«Citación al licenciado Aguayo, Pedro de Santana, Bartolomé de Vera y Enrique Yáñez, vecinos de Gran Canaria, y a los demás herederos del heredamiento de Firgas, para que se presenten ante el Consejo a fin de proseguir el pleito que tienen pendiente con el comendador Lope Sánchez de Valenzuela, vecino de dicha isla, por la propiedad de ciertas tierras y aguas de dicho heredamiento. Este pleito pasó en primera instancia ante Antonio de Torres, gobernador que fue de la citada isla, que falló contra dicho comendador, quien recurrió al Consejo, que revocó la sentencia,  dándole posesión de las tierras así ganadas el bachiller Juan García, alcalde de la isla, contra lo que recurrieron los herederos del mencionado heredamiento, que obtuvieron sentencia favorable de Lope de Sosa, gobernador de la isla, confirmada por el licenciado Zárate, reformador de la isla, y contra la que ahora recurre Lope Sánchez de Valenzuela » (AZNAR VALLEJO, E.: Documentos canarios Registro General del Sello (1476-1517), Sta. Cruz de Tenerife, 1981).

Tenemos ya localizado un presunto "rapador" de aguas y que en este caso afectan al "Heredamiento de Aguas de Arucas y Firgas", que tiene en sus memorias muchos vínculos con este barranco del Rapador. Todas las supuestas tierras y aguas con las que decía estar beneficiado el Gobernador eran en Tenoya y Arucas.
Pajero (Fedac)
Pero no fue el único, pues en 1511 hay una sucesión de documentos del Sello (AZNAR VALLEJO, E.: Documentos canarios Registro General del Sello (1476-1517), Sta. Cruz de Tenerife, 1981) que muestran como los gobernadores obtenían las mercedes, para sí o para su pariente protegido, y como pagaban a los mediadores que colaboraban ante la Corona para obtener dichos favores:

  • 1511 Abril 14. Sevilla Licencia a Luis de Armas, vecino de Gran Canaria, para que pueda aprovechar las aguas que se pierden en dicha isla, aunque hubiesen sido adjudicadas a otras personas en la reformación hecha por el Ido. Zárate, con la condición de ceder a la Corona dos tercios de las mismas. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta.
  •  1511 Abril l5. Sevilla Orden al alcalde mayor de Gran Canaria, para que dé a Lope de Sosa, gobernador de dicha isla, cuatro caballerías de tierra con el agua correspondiente, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de entregar dos terceras partes a la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta.
  •  1511 Abril 15. Sevilla Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que dé al Ido. Zapata, del Consejo Real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de reservar dos terceras partes a la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta.

  • 1511 Abril 24. Sevilla Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que dé al ldo. Ortún Ibáñez Aguirre, del Consejo real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de reservar dos terceras partes para la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta.
  •  1511 Abril 26. Sevilla Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que entregue alldo. Fernando Tello, procurador fiscal y del Consejo Real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de resevar dos tercios para la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta.

Abrevadero (Fedac)
Mucho tiempo no tuvo que pasar para que las denuncias contra los abusos del gobernador Lope de Sosa «que se aficionó a la isla» llegaran a la Corona:

  •  1513 Febrero. (s.d.). Valladolid Orden al ldo. Lebrón, teniente de gobernador de Tenerife, para que haga información sobre la demanda de Catalina Guerra, viuda de Juan Ciberio y vecina de Gran Canaria, que reclama para sí y para Michel Ciberio, Juan Ciberio, doña Ginebra de Muxica, doña María de Muxica y sus otros hijos cierta cantidad de agua del barranco de Tenoya, llamado antes de Arucas, utilizada en un ingenio y cañaverales, que Lope de Sosa, gobernador de Gran Canaria desvió a otro valle para beneficiar tierras y aguas de su propiedad y de la de Luis de Armas, su pariente, y Nicolás Rodríguez, su alcalde. Se conceden 150 maravedís por cada día que el citado ldo. esté fuera de su jurisdicción y 40, aparte de otros derechos, para el escribano ante quien pasaren los autos.

Como los abusos que llegaban a la Corona afectaban a los bienes de los regidores que tenían asiento en el Cabildo o Consejo de la isla, fueron recordándose al gobernador algunas medidas de supervisión contenidas en el fuero de la isla: el 13 de abril del mismo año se le recordaba que cada dos años debería elegirse un personero que pueda oponerse a todo aquello que esté en contra del común; otra disposición de igual fecha le recordaba que cada año tenían que elegirse a doce hombres del pueblo para diputados y fieles que vigilarían de dos en dos las pesas y medidas, y no los que el gobernador nombrara. También se dicta una pesquisa por una denuncia contra Luis de Armas que desvió las aguas de Tafira a favor del gobernador. Otra por una denuncia porque el gobernador favoreció a Luis de Armas en la conducción de agua de la Ciudad  al lugar de  Tasautejo.  Otra por el nombramiento de un carcelero , etc. etc.

« El Gobernador Lope de Sosa tuvo también denuncias por determinadas libertades en el cobro de los diezmos por el azúcar. En el juicio quedan de manifiesto las acusaciones de corrupción o cohecho ejercidas contra él, pero fueron disculpadas, y a su fallecimiento en el nuevo destino en las Américas, su viuda recibe una pensión vitalicia» (PÉREZ HIDALGO, H.: Silencios rotos. El desflorillado de la historia aruquense, ed. digital, 2012).
Alpendre cueva (Fedac)
Las siguientes noticias históricas sobre el barranco son de siglos después, cuando por Real Cédula expedida por Carlos III en San Lorenzo el 19 de noviembre de 1767, se conceden al cura, alcalde y vecinos de Teror «… mil quinientos reales vellón (...) por una vez a dicha Milagrosísima Imagen, con más siento veinte y seis fanegas de terreno en el Barranco de la Montaña de Oramas en el Rapador, jurisdicción deste dicho Lugar…», data real que motivará litigios de la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas contra la Fábrica Parroquial de Teror por el aprovechamiento de las aguas superficiales.

Cuando la Audiencia en cumplimiento de la R.O. de 1787 ordena el reparto de suertes de tierras en la montaña de Doramas por concurso entre los pequeños labradores avecindados en los municipios colindantes según sus circunstancias, por «La necesidad de dar ocupación a estas "manos laboriosas" para aumentar el cultivo de la isla haciendo fructíferas unas tierras sin arbolado, habiéndose separado las necesarias para pastos» (SUÁREZ GRIMÓN, V.J.: La propiedad pública, vinculada y eclesiástica en Gran Canaria, en la crisis del antiguo régimen, Las Palmas de GC, 1987), en 1806 ser reparten setenta fanegadas de tierras en el barranco del Rapador entre veinte vecinos de Firgas, adjudicándose suertes a un precio medio de 1.055 reales de vellón por fanegada.  

En diciembre de 1865 en cumplimiento de las leyes de desamortización serán subastadas las tierras y aguas del barranco del Rapador propiedad de la Fábrica de la Virgen, remates que serán adjudicados por subasta a varios herederos de la propia Heredad de Aguas, quienes iniciarán también su litigios con el heredamiento, una vez más por la titularidad de las aguas.


Localización (Espacios Naturales de Gran Canaria)

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