viernes, 25 de mayo de 2012

DRAGOS, LOS (MOYA)

Topónimo con el que se conoce al caserío situado en la carretera de El Pagador a Moya (GC-075), enclavado actualmente en un frondoso palmeral junto al barranco del mismo nombre, que aguas arriba denominan del Pajarito y aguas abajo del Pagador, que desagua en la caleta oriental de El Roque.

Dice Telesforo Bravo (Geografía General de las Islas Canarias, Sta. Cruz de Tenerife, 1964) que las cuencas hidrográficas de la isla con toda la red de colectores, no son permanentes en su tamaño, sino que cambian constantemente con el tiempo tendiendo a ensanchar sus límites, estableciéndose una lucha entre cuencas. Pone como ejemplo la cuenca del barranco del Drago.

Dice de él que tiene una larga cuenca pero muy estrecha, que nace al sur de la conocida Montaña de Doramas, también como Montaña de Las Palmas, y con una longitud de unos nueve kilómetros, pero que no llega a tener más de 800 metros de ancho. Está materialmente aplastada entre dos potentes cuencas, la del barranco de Azuaje y la del barranco de Moya, ambas mayores y más poderosas.

Palmeral de Los Dragos (Google earth)
Sostiene que un pequeño avance de cualquiera de estos dos barrancos capturaría el cauce del barranco del Drago, pues cuando este cruza la cota de los 475 metros de altitud, el barranco de Moya la cruza a una cota de 375 metros y el barranco de Azuaje a 300 metros, y la divisoria del primero y del segundo está a veinticinco metros, de donde cualquier desprendimiento haría que el barranco del Drago desaguara en uno de estos, y progresivamente quedaría absorbida su cuenca.

La preocupación por la protección del drago existió desde la promulgación de las Ordenanzas del Concejo de 1531, que prohibían la tala de dragos y palmeras cuando establecía «Otrosy que nynguno sea osado de cortar palmas ny dragos sin licencia de la justicia e regimiento en cualquier parte de esta ysla so pena de seyscientos maravedís por cada palma o por cada drago demás de la pena de perder la tablazón o qualquier obra que hizieren del drago e que la tablazón e obra del drago sea para los propios». Pese a la norma, la vegetación que debió de crear este topónimo prácticamente ha desaparecido en este lugar.

Estanque (Fedac)
El topónimo es muy antiguo y es mencionado en documentos públicos desde los primeros años posteriores a la Conquista. Se recoge en actas de repartimientos y protocolos notariales en los primeros años del siglo XVI, concretamente en 1532, en el protocolo notarial del escribano Cristóbal de San Clemente (1514-1536).

Más concreto aún es el testamento fechado el 7 de diciembre de 1658 de Matías Andrés González, Canónigo Doctoral de la Catedral, consultor y juez ordinario del Santísimo Oficio, Abogado de los Reales Consejos y de la Real Academia de Las Palmas, natural de La Laguna, que dice ser propietario de treinta fanegas de una «Hacienda de tierra labradía y “arrifes” en los Dragos con quince días de agua del Heredamiento del Laurel y los Propios y una casa de alto y bajo». Posteriormente en 1743, Vicente Andrés Castro Ocaña, sobrino y poseedor sin hijos del vínculo de Matías Andrés González fundado en 1658, agrega al mismo una hacienda con agua en Los Dragos, de treinta fanegas.

Localización (Espacios Naturales de Gran Canaria)



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