Actualización 5-may-2016
Topónimo aborigen que se
da a un amplio territorio comprendido entre el Lomo del Manco y el Lomo de Faneque, a ambos lados de la carretera Agaete-Aldea de San Nicolás (GC-200). Después de la
Conquista en este lugar tuvo su residencia el Guanarteme de Gáldar de acuerdo
con la petición que hizo de su propiedad a los Reyes Católicos, presuponiéndose
que así lo hizo porque ya era suyo en la época prehispánica antes de que fuera
apresado, bautizado y conducido ante la Corona castellana.
Guayedra de Abajo (Fotografía: Nacho González) |
Dice Abreu Galindo: «… A Fernando Guanarteme,
le hicieron bautizar los Reyes Católicos y le prometieron, lo que pidió, que a
su vuelta a Gran Canaria le hiciesen merced de un valle y asiento que tenía que
se llamaba Guayedra, de muchos higuerales y no sirve más que para pasto de
ganado, que era principal hacienda de canarios…». Añade Viera y Clavijo: «…
Guayedra no es más que una ladera de montañas y riscos escarpados que corren
hasta la ribera del mar…».
Pero el territorio de Guayedra, es mucho
más de lo expresado por Viera y Clavijo. Tanto por sus antecedentes
prehistóricos de su poblamiento, como el medio físico con su importancia
botánica, Guayedra fue definido como “Término
Redondo” en el perdido tratado firmado en 1483 entre Tenesor
Semidán y los Reyes Católicos, preservando el territorio deslindado como
jurisdicción administrativa y fiscal dentro del Derecho Estatal e Internacional,
y así fue defendido y razonado históricamente por el profesor Antonio
Rumeo de Armas ante las Cortes Franquistas en 1972 para el
reconocimiento del derecho foral canario.
Panorámica (fotosaereasdecnarias-com) |
«Cuando en el Seno de las Cortes expusimos de viva voz esta realidad indiscutible, nuestras palabras produjeron auténtica sorpresa. Y nos agrada confesar que el crédito obtenido a tales afirmaciones convirtió por ensalmo a los Reyes Católicos a todo lo largo de los debates, en los auténticos instauradores del Sistema de Franquicias» (Cita de BETHENCOURT MASSIEU, A.: “Don Antonio Rumeu de Armas y el régimen económico fiscal de Canarias”, Anuario de Estudios Atlánticos, núm. 55, 2009, pp. 701-716).
Este asiento concedido a Fernando de
Guanarteme tuvo limitaciones para la acogida en el mismo a otros
canarios, según resulta de las pesquisas realizadas el 27 de septiembre de
1491: «... Orden a Francisco Maldonado, pesquisador de la isla de la
Gran Canaria, para que vea los canarios que viven con Fernando de Guanarteme y
el asiento que con éste se hizo al conquistar la isla, y si hay más de
cuarenta; que fueron los concedidos para que en ella viviesen con dicho
Guanarteme, los haga salir para que vayan a cualquier parte del Reino o fuera
de él, donde quisieren. Dicha medida se debe a la petición presentada por
Fernando de Porras, en nombre del concejo, justicias y vecinos de Gran Canaria,
que temen que se levanten tales canarios, que han pasado de cuarenta a ciento
cinquenta en ocho años, dado el escaso número de cristiano» (AZNAR
VALLEJO, E.: Documentos canarios Registro General del Sello (1476-1517),
Sta. Cruz de Tenerife, 1981).
Horno en Guayedra de Arriba (Fedac) |
«Los propios Reyes
Católicos, en su cédula de 1491, la que dictan tras la denuncia del gobernador
Hernando de Porras por el exceso de población de la que se había rodeado Tenesor
Semidán, bautizado Fernando Guanarteme y apadrinado por el rey católico,
expresamente citan que Guayedra le
había sido dada al régulo indígena por asiento ─que en definición de Castilla
significa tratado o pacto de paces─ hacía ocho años, es decir en 1483, con
ocasión de su estancia en los alcázares de Córdoba, donde los católicos
monarcas seguía de cerca las campañas bélicas para ultimar la conquista del
reino nazarí.
Tal dato, por sí solo,
evidencia que el repartimiento documentado por Pedro de Vera el 19 de octubre
de 1485, del que se conserva una certificación original expedida por el
escribano público Juan de Ariñez, que obra en el archivo de Alcialcázar ARCHIVO
ACIALCÁZAR, Legajo Guanarteme (sin fecha), no constituye más que una
confirmación minimizada en lo que pudo por su renuencia a dejar constancia del
tratado, pero que, aun así, expresamente reconoce que se dio como “Término Redondo”, lo que en derecho de
Castilla significa territorio exento de la jurisdicción de todos los pueblos
comarcanos ─acepción que figura en los diccionarios de la lengua española─,
única propiedad que dieron los reyes directamente y que reconocieron con ese carácter
los gobernadores y justicias mayores de la isla.
Playa de Guayedra (José Toribio) |
Fernando Guanarteme reservó
en los pactos de paces el territorio de
Guayedra, no como una propiedad particular, sino como el resto de la isla
que quedaba bajo su jurisdicción real, una vez garantizado a Castilla el
derecho de ocupación ─con condiciones─ del resto de la isla, porque ése era el
principal interés de la potencia expansionista, para asegurarse la base
geoestratégica que necesitaban en la ruta hacia África, donde estaban las
riquezas que ambicionaban. Acceder a la reserva del enclave indígena, al ser
compatible con su interés prioritario, no les ocasionaba ningún problema.
Que el territorio excluido
era para los indígenas como una suerte de mini-estado lo evidenciaría el hecho
de que el propio Fernando Guanarteme ni lo mencionó en su testamento, otorgado
en La Laguna en 1512 ante seis testigos ─por seguir aquí la tesis de que se
trate del testamento del rey de Gáldar, algo de lo que disentimos─, a pesar de
ser prolijo en los detalles de su patrimonio y deudas» (MORENO SANTANA, N.: La conquista de Tamarant desde la perspectiva del derecho. Los pactos
de la Anexión y Guayedra, Las Palmas de GC, 2014).
Casas de Guayedra (Patrinet) |
«Aunque
para la mentalidad de conquistadores y colonos europeos el valle carecía de gran
interés económico –en relación a la riqueza del contiguo valle de Agaete-, para
los indígenas debió de tener, además del valor económico como territorio
ganadero, un valor simbólico de difícil interpretación y para el que no
disponemos de elementos suficientes que eviten deslizarse por la senda de la
especulación; en cualquier caso, el hecho de que fuese el mismo Don Fernando
quien solicitase dicho valle, así como que por éste transcurría un tramo del “camino que va a Tatirma” -una de las
montañas sagradas de los indígenas de Gran Canaria- nos indica la importancia
que los canarios del bando de Gáldar concedieron a Guayedra.
Tras la
conquista de la isla los indígenas continuaron haciendo uso ganadero de dicho
valle y probablemente residiendo diversas familias en las llamadas casas de Guayedra, explotando los
higuerales que en dicho barranco había, así como aprovechando el agua que
corría por la acequia. Precisamente son estos los bienes que grupos de
indígenas destruyen en el valle de Guayedra cuando el término pasa a ser
propiedad de Miguel de Trexo. Tras la partida de Don Fernando Guanarteme a la
conquista de La Palma y Tenerife, y tras su muerte en esta última isla hacia
1496, los naturales de Gran Canaria, particularmente los avecindados en Agaete,
siguieron haciendo uso de dichas tierras. Sin embargo el yerno de Don Fernando
alegó en 1507, ante Ortíz de Zárate, que había recibido dichas tierras del
exGuanarteme en dote de casamiento con su hija Margarita» (BETANCOR QUINTANA, G.: Los indígenas
en la formación
de la moderna
sociedad canaria. Integración
y aculturación de canarios, gomeros
y guanches, 1496-1525. Tesis doctoral inédita.
ULPGC, 2003).
Boda en Guayedra sobre 1960 (Fedac) |
Con posterioridad, Fernando Guanarteme dio en dote
a su sobrina, Masequera de nombre aborigen, Margarita Hernández Guanarteme
ya bautizada, en su casamiento con Miguel de Trejo Carvajal, la finca del
Valle de Guayedra, cuyo deslinde se hizo el 11 de octubre de 1512 por orden
del gobernador Lope de Sosa, encargándose su amojonamiento a los canarios vecinos
de Agaete Salvador Hernández y Juan Benitez.
«Sin embargo la propiedad del valle volvió nuevamente a
manos indígenas en la década de los años 20; no antes de 1525 está bajo dominio
de Fernán Sánchez Bentidagua (II), quien hacia finales de esta década había sustituido
en la alcaldía de Agaete a otro indígena, familiar suyo, llamado Juan Sánchez. La
fragmentación de las fuentes impide precisar la forma en que se produjo la transacción
de las tierras ─compra, pleito─, aunque descartamos la hipótesis que apuntaba
a una carta dotal otorgada a favor de Fernán Sánchez Bentidagua (II) pues éste era
casado con Catalina de Lugo, otra indígena que casó con él en segundas nupcias tras
enviudar de su primer marido ─Miguel de Colmenar─.
Farrallón de La Palma en Guayedra de Arriba (Fedac) |
(…) Poco tiempo se mantuvo el valle en la tenencia de
indígenas pues en 1529 fue Antonio Cerezo el joven quien, en el proceso de
concentración de tierras que se produce en el nororeste de Gran Canaria en las
primeras décadas del XVI, se hizo con la propiedad de Guayedra vinculándola a
su familia. Para la familia Cerezo las tierras del valle de Guayedra
tenían un interés económico claro, no en vano la “ceniza” necesaria para el
refinado del azúcar de sus cañas del valle de Agaete se obtenían de la montaña
de Guayedra» (IBIDEM).
Dos siglos después, en el vínculo entre distintos
bienes constituido el 29 de marzo de 1704 por las hermanas María, Juana y
Francisca Cabrejas Bethencourt, se incluye la propiedad de diez mil seiscientas
cuarenta y cuatro fanegas y siete celemines del «Cortijo de Guayedra de
tierras labradías, riscos y “arrifes” con aguas, casas, ovejas, cabras y
colmenas, además de casas de alto y bajo», desde la orilla del mar hasta Cuevas de Berbique y Roque Bermejo y los límites con Tamadaba.
El Roque (Patrinet) |
Declaran heredero al hijo y sobrino José Montesdeoca
Cabrejas y sus descendientes, con la obligación de firmar después del primer
apellido del padre con el de Trejos, Cabrejas o Quintana, y la curiosa
particularidad de que los descendientes mudos y locos no son excluidos de la
sucesión.
La zona arqueológica del Valle está conformada por los conjuntos de Guayedra
Baja, Majada de Altabaca, El Roque y Guayedra
Alta. El conjunto de Guayedra Baja está compuesto por Las
Casas de Guayedra y por el Conchero de la Playa del Negro.
Conchero (Patrinet) |
Las Casas de Guayedra están asociadas
a las estructuras aborígenes conformadas por construcciones de tradición
popular, casas canarias con tejas, posiblemente reutilizando viviendas de los
antiguos canarios, y es la zona más fértil del valle cercano a la costa. Al
naciente de la carretera se encuentra La Majada de Altabaca, compuesta
por estructuras habitacionales de piedra seca y de planta cruciforme, ovaladas
y circulares, espacios caracterizados por la presencia de construcciones de
tradición popular y viviendas conocidas como caserones canarios.
A este conjunto se suma la concentración de material arqueológico entre el que
destaca la cerámica aborigen, la industria lítica tallada, moluscos marinos y
restos de fauna terrestre, asociados a alineaciones de piedra que podrían
corresponder a varias estructuras en la actualidad enterradas.
El Valle de Guayedra aparece como una cuenca hidrográfica, en
cierta medida de tipo original, dentro de la diversidad de formas fluviales de
la isla. Si bien su sistema hidrográfico ofrece una organización de afluentes o
tributarios casi simétrica, lo destacable reside, primero, en que,
morfológicamente, el valle parece pertenecer sólo al tramo superior de una
cuenca mayor donde hoy estarían ausentes el curso medio y el bajo; y segundo,
en que sus perfiles longitudinal y transversal culminan en cortaduras o andenes
de desniveles fuertemente verticales.
Bloques traquíticos (gobiernodecanarias-org) |
Geológicamente, ello es consecuencia del cambio de la
litología a partir del contacto entre los basaltos inferiores y las traquitas suprayacentes. Una de
sus curiosidades consiste en la existencia de unos gigantescos bloques traquíticos, llamados popularmente ”piedros”,
alojados a lo largo del cauce del barranco, que corresponden a desprendimientos
desde las cornisas, a veces muy distantes, y cuya peculiar forma redondeada
resalta aún más su originalidad.
De cualquier modo, corresponden a fenómenos erosivos
en los que la gravedad ha sido el agente decisivo. La desembocadura del Valle
está formada por depósitos sedimentarios aluviales con depósitos de origen
marino.
Localización (Espacios Naturales de Gran Canaria) |
Hola hace poco he visto en una blog de fotos de Gran Canaria que un usuario ponia una foto del lugar con un campo inmenso de girasoles en ese barranco.Sabrias decirme por qué zona está?Decía que estaba al inicio de las montañas.
ResponderEliminarMuy buen blog!!
Un saludo!!
Es un parque natural y recreativo en Guayedra baja, junto a la carretera. En la pronunciada curva en 'uve' que se aprecia en la panorámica aérea. En el enlace al CEIP del Risco se puede ver distintas fotografías, y entre ellas el pequeño terreno de girasoles plantados:
Eliminarhttp://ceipelriscoactividades.blogspot.com/2015/05/visita-guayedra.html
Enhorabuena por su excelente artículo.
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