lunes, 21 de mayo de 2012

DATA, MONTAÑA LA (SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA)

Topónimo dado a un lugar donde se asienta una moderna urbanización situada, como su nombre indica, en una pequeña montaña que toma su nombre del antiguo caserío de La Data situado un poco más al Norte, junto al Canal de Ayagaures.

En el s. XVII se inicia un proceso de ocupación legal de tierras como continuación del de concesiones del s. XVI, proceso que discurre teniendo como fondo la pugna entre agricultores y ganaderos. Los primeros estaban interesados en la ocupación legal de las tierras de realengo, y los segundos, que las ocupaban clandestinamente desde hacía años, motivaban en ocasiones tumultos y motines.
Ortofoto perspectiva Sur-Norte: Montaña la Data "A" (Google earth)
El origen de este topónimo debe de estar vinculado sin duda a la conocida Data Real de Maspalomas, cuya historia ha investigado Vicente Suárez Grimón (La propiedad pública, vinculada y eclesiástica de Gran Canaria en la crisis del Antiguo Régimen, Las Palmas de GC, 1987),  que se reproduce resumidamente por su valor histórico, dado que refleja los conflictos de la propiedad pública entre aquellas tierras llamadas «concejiles» cuya titularidad correspondía al Concejo o Cabildo General de Gran Canaria, y las tierras producto de la Conquista llamadas «realengos» cuya titularidad correspondía a la Corona. Además, subyacen, en toda la historia, litigios y favores que reflejan los distintos poderes influyentes en el Antiguo Régimen.

En diciembre de 1624, el Cabildo, estimando que eran tierras «concejiles», concede al Capitán y Regidor Simón Lorenzo de Acosta la data de la «venta a tributo», es decir, por el pago de un censo a perpetuidad a los Propios del Concejo,  de unas tierras en Maspalomas que lindaban por un lado con el Barranco de Atíguares, por otro lado con las Casillas de Lezcano, abajo con el mar, y por arriba con Casillas de Merentega y las tierras del Llano de Ajulagal, y además, con el agua que de dichas tierras se pudiese aprovechar.

Gorete (Fedac)
Seis años después, en 1630, el capitán Lorenzo vende dichas tierras a Baltasar y Juan Pérez de Villanueva en precio y cantidad de 500 reales de plata y, aunque los compradores entraron en posesión de las tierras, el 29 de julio de 1635 el Visitador Luis Henríquez declaró nula la citada data del Concejo al tiempo que prohibía a los Pérez de Villanueva el uso de dichas tierras consideradas realengas y no concejiles.

Por otro auto de 23 de septiembre de dicho año, se permitió el cultivo de dichas tierras por temor a la escasez de granos; y así, los Pérez de Villanueva continuaron en la posesión de las tierras de Maspalomas, sucediendo en ellas el Licenciado Mateo Pérez de Villanueva, cura beneficiado de los lugares de Tirajana y Agüimes, y Capellán Real de Su Majestad.

Cantonera (Fedac)
Pero los conflictos entre el llamado Regimiento que gobernaba el Concejo y la Audiencia que velaba por la justicia, eran permanentes, y fue como esta posesión se vio perturbada por el Fiscal de la Audiencia, quien pretendió que se declarasen públicas y realengas por carecer aquel de título legítimo.

Ante esta pretensión, el Licenciado Mateo acude al Rey Carlos II, quien por Real Cédula expedida en San Lorenzo el 14 de octubre de 1680, se sirvió confirmar la data hecha por la Ciudad en clara referencia al Concejo, concediéndole despacho en forma amplia «… para que las tengais por propias vuestras y para usar de ellas y del agua que os tocare desde su nacimiento con toda seguridad…» sin que nadie pudiese perturbar dicha propiedad.

Alpendres (Fedac)
La Real Cédula fue presentada en la Audiencia el 21 de enero de 1681 y ésta por auto de 15 de febrero mandó se diese posesión de las tierras concedidas a Villanueva. De este cometido se encargó el Teniente General Fernando Peraza Ayala. El día 26 empezó por las Casillas de Merentaga, agua del Charco de Maspalomas por donde paseó y con cuyas aguas se roció Villanueva, tierras y aguas del Barranco de Ayagaures -hace referencia el topónimo aborigen barranco de Atíguares mencionado sesenta años antes- hasta volver a las casillas de Lezcano; y el día 27 de febrero, las Casillas de Merentaga hacia el mar, en las que abrió y cerró puertas.

El último día de la toma de posesión, 27 de febrero de 1681, el Licenciado Pérez de Villanueva vende parte de las tierras concedidas al Capitán Gotardo Calimano, vecino de la Ciudad, si bien la fuente consultada duda de si esta venta fue real, porque los bienes del Licenciado en su testamento siguen siendo los mismos.

A finales del siglo XVII, el Licenciado Villanueva sostuvo pleito con los vecinos de Fataga, por la contradicción que estos le hicieron del lindero superior de la data, «… en unas casillas que antiguamente se llamavan Merentaga y porque con el tiempo se mudan los nombres de las casas y propiedades, los pasados déstos las quisieron llamar de Artedara…», fallando la Audiencia a favor de los vecinos de Fataga.

Cuarterías de aparceros (Fedac)

Villanueva recurrió al Rey y su Consejo, quienes mandaron que el lindero quitado por la Audiencia se restituyese en conformidad con la primera cédula. Se mandó que esta se cumpliera en todo y por todo, incluyendo los derechos de aguas. En su testamento de 21 de octubre de 1710, el cura Licenciado Pérez de Villanueva deja las tierras de Maspalomas a sus sobrinos Isabel Suárez y a Juan Pérez de Villanueva.

Pero por su codicilo testamentario de 22 de abril de 1711 manda que, de la parte del segundo, se den doce fanegas a sus sobrinos Pedro y Catalina Pérez y a Mateo de Quevedo, que divide en principio la propiedad de todo el territorio. Luego es adquirido, en distintas fechas y a las distintas partes, por el Sargento Mayor Francisco Amoreto Manrique, que en 1717 ya tiene la totalidad de la finca, que luego se integraría en su sucesión en el patrimonio del Condado de la Vega Grande de N.ª S.ª de Guadalupe.

Esta es la larga y litigiosa historia de la Data, que primero fue Concejil, después recurrida por la Audiencia entendiendo que era de Realengo, es ratificada por la Corona favoreciendo al Capellán Real, después de sentenciado el derecho de pastoreo y aguas, confirma los lindes y aprovechamientos privados la Corona olvidando los derechos de pastoreo y el aprovechamiento por el común del agua de superficie, para así favorecer la venta de las tierras. Siglos después los descendientes de aquellos primeros pobladores serían colonos y aparceros de las mismas tierras.

Localización (Espacios Naturales de Gran Canaria)



1 comentario:

  1. Muchas gracias por tu trabajo. Es un blog que vuelvo a releer con el tiempo y siempre me despierta curiosidad. Un saludo

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